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Normativa Acceso con Perros a Sambil Outlet
Sambil Outlet, bajo el amparo del Real Decreto 1021/2022, de 13 de diciembre, por el que se regulan determinados requisitos en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios en establecimientos de comercio al por menor. En su artículo 14, que indica el acceso de animales a los establecimientos de comercio al por menor:
Está prohibido el acceso de cualquier animal a las zonas de los establecimientos de comercio al por menor donde se preparen, manipulen o almacenen alimentos, sin perjuicio de que el propietario del establecimiento pueda prohibir su acceso a otras zonas de uso exclusivo del personal de los establecimientos. Asimismo, está prohibido el acceso de animales a los lugares de venta de alimentos (tales como supermercados, mercados, comercios de alimentación, etc.), salvo en el caso de los perros de asistencia y los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el cumplimiento de sus funciones y bajo la supervisión de su responsable.
También, a través de la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales, de 26 de julio de 2001, artículo 13 – Entrada en establecimientos públicos. Salvo en el caso de perros-guía, los dueños de hoteles, pensiones, bares, restaurantes, cafeterías y similares, podrán prohibir a su criterio la entrada y permanencia de animales en sus establecimientos, debiendo anunciarse, tanto esta circunstancia como su admisión, en lugar visible a la entrada del establecimiento.
Sambil Outlet, tiene en sus accesos al centro comercial, un distintivo que indica que está prohibido acceder con mascotas al centro comercial. Esta prohibido acceder y permanecer en la 2ª planta (zona de restaurantes) con las mascotas y que solo se podrá acceder y permanecer en las plantas 0 y 1, con el perro dentro de un portamascotas o llevado en brazos por sus dueños.